Legítima defensa es una reacción racional y necesaria, contra una agresión inminente, injusta y no suficientemente provocada
1.-Porque no hubo una proporcionalidad entre la defensa y a la agresión.
Al contrario, hubo desproporcionalidad
2.- La agresión debe poner en peligro un bien jurídico. Los golpes, movimientos y violencia del chino no pusieron en peligro a la vida de la mujer.
3.- La legítima defensa en el Código Penal se contempla por dos
causales: cuando se rechaza un escalamiento o rompimiento de noche y cuando se
ejecuta en defensa de un robo o pillaje con violencia.
En cambio, lo que la teoría del delito dice que hay es escusa legal de
la provocación. Esta figura está contemplada en los artículos 321 y 326 del Código Penal. Y se produce cuando el homicidio está
precedido inmediatamente de provocación, amenazas y violencias graves. En el
presente caso están estas causales legales. La excusa lega de la provocación o
quita la culpabilidad, pero si la reduce mucho. La homicida solo le saldría no
más de 1 año según el artículo 326 (del mismo Código Penal).
SOLO QUIEN
DESCONOCE DE TEORÍA DEL DELITO AFIRMA QUE HAY LEGITIMA DEFENSA EN CASO MUERTE DEL
CHINO.
Por: John Garrido
Abogado
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