No tengo la más mínima duda de que el tema del Aborto y sus tres causales (por violación o incesto, cuando la vida de la madre corre riesgo o por mal formación congénita), choca con el principal derecho fundamental, que es el derecho a la vida, además, el derecho de la dignidad humana y la prohibición de la pena de muerte.
El artículo 37 de la Constitución establece lo siguiente: “El derecho a la vida es inviolable desde la
CONCEPCIÓN hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse,
en ningún caso, la pena de muerte".
El Derecho a la Vida también se encuentra en el artículo 4 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos del cual somos signatarios.
Asimismo, la misma Carta Magna en su artículo 38 establece: "El Estado se fundamenta en el respeto
a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de
los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es
sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad
esencial de los poderes públicos".
Mediante sentencia TC/0059/13, el Tribunal Constitucional tuvo a bien
establecer que “[d] el estudio combinado
de los artículos 5, 7 y 8 de la Ley Sustantiva se deprende que el respeto a la
dignidad humana es una función esencial en la que se fundamentan la
Constitución y el estado social y democrático de derecho en la República
Dominicana”, por lo que, asumiendo el reconocimiento superior de la
dignidad como principio fundante de nuestro ordenamiento constitucional, exige
un trato especial para el individuo, de tal forma que la persona se constituye
en un fin para el Estado que por otro lado, la República Dominicana aprobó su
condición de Estado parte en el Pacto Internacional de Derechos estableciéndose
que el derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará
protegido por la Ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
También no tengo dudas de que en caso de aprobarse el proyecto que
establece las tres causales que permiten el Aborto, el mismo llegará al Tribunal
Constitucional por parte del gran porcentaje de la población, además de la
iglesia, que están en contra del mismo, a los fines de que no sea finalmente
aprobado.
El Tribunal Constitucional tendrá a su cargo decidir un plato fuerte
donde deberá analizar y poner en una balanza el principio de razonabilidad, el
derecho a la vida, tanto del embrión como la de la madre, la dignidad y la
prohibición de la pena de muerte.
En lo particular pienso que de la lectura del citado artículo 37 donde
establece la inviolabilidad de la vida desde su CONCEPCIÓN, la balanza parece
inclinarse más por la no aprobación de las famosas tres causales, salvo que la
Carta Magna sea sometida a una modificación a los fines de incorporar esas
causales o excepciones.
De verdad que será un gran desafío para el Tribunal Constitucional,
tribunal que hasta el momento goza de credibilidad y esperemos que se mantenga
de esa manera y que decidan según le dicten sus conciencias y que no influyan
presiones de ninguna índole.
Lic. Romeo Trujillo Arias
Abogado
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