
Otro día me llamó
una persona que trabaja en una importante oficina de bienes raíces, para
preguntarme de si era verdad que hay una ley que prohíbe el cobro de la
comisión de alquiler, ya que todas las personas que él le enseña un apartamento
en alquiler, al hablarle de la comisión, le decían, que hay una ley que lo
prohíbe.
CONVIENE SABER,
que hay un principio jurídico que establece que lo que la ley no prohíbe, está permitido; pero también es
conveniente saber diferenciar lo que es un proyecto de ley, y lo que es en
realidad una ley.
UN PROYECTO DE LEY
que es aprobado en una de las Cámaras, ya sea la de Senadores o Diputados,
pasará a la otra para su aprobación (artículo 99 de la Constitución de la
República), y además para convertirse en ley, después de ser aprobado por ambas
Cámaras, debe ser promulgada por el Poder Ejecutivo; una vez el proyecto se
convierte en ley dando los pasos indicados, y se reputa conocida, ya es
obligatoria para todo el mundo (artículo 109 de la Constitución).
En el caso del
PROYECTO DE LEY GENERAL DE ALQUILERES DE BIENES INMUEBLES Y DESAHUCIOS,
aprobada por la Cámara de Diputados en segunda lectura, con 122 votos a favor y
ninguno en contra, en la sesión del martes del 10 de septiembre 2019, sigue
siendo UN PROYECTO DE LEY, no una ley; y que a la misma le puede pasar igual
que a muchos proyectos, que perimen en el Congreso en espera de aprobación
definitiva.
LA CONFUSIÓN SE
ORIGINA, en que cada vez que una de las Cámaras de Senadores o Diputados,
aprueba un proyecto de ley que tiene repercusión social, las redes, los
periódicos digitales y escritos, y los medios radiales y televisivos, se hacen
eco de la noticia, y las mayorías de las personas interpretan la información,
como que ya es una ley aprobada y obligatoria, y no como un proyecto aprobado
por una de las Cámaras, y que debe ser aprobado por la otra y luego promulgada
por el poder ejecutivo para poder ser ley.
En éste caso, me
limito al aspecto legal, no de si es justo o no el cobro de un mes de comisión
por el alquiler de una vivienda; aunque los agentes de bienes raíces, inmobiliarias,
corredores, Abogados, y hasta muchos propietarios de inmuebles, dicen: “SI NO
HAY UN MES DE COMISIÓN NO HAY ALQUILER DE LA CASA”.
Dr. JOSÉ ALBUEZ
Abogado Notario
Síguenos en: noticiasdesdebarahona.com
Comparte esta noticia en tus redes sociales:
0 Comentarios