Las redes sociales
se han convertido en el medio de comunicación por excelencia para mantener el
contacto, sin contacto físico, con el mundo exterior, debido a la norma de
distanciamiento social como efecto de la pandemia que nos afecta.
Y es que, esta nueva
forma de mantenernos cerca a la distancia, nos ha hecho creadores y
consumidores de contenido al mismo tiempo. Esto implica, además, que cada quien
ha demostrado y utilizado estas vías de comunicación para dar al mundo parte de
lo que tiene, de ahí, que ha salido a la luz y hemos visto publicado, lo peor y
lo mejor de cada uno de nosotros.
Esta comunicación
casi constante ha facilitado que se hagan cada vez más comunes las llamadas
fake news o noticias falsas. El internet y otras tecnologías digitales han
facilitado que las ideas y la información puedan ser difundidas y propagadas a
una velocidad insospechada.
Las Fake News,
son, sin duda alguna, un fenómeno que a simple vista parece inofensivo y hasta
sencillo, sin embargo, esta mala práctica, afecta derechos de las personas,
instituciones y sociedad en general, produciendo en varios casos, la coalición
de algunos derechos, entre ellos está el derechos de libertad de expresión y
difusión del pensamiento como derecho individual y la libertad de información
de toda la sociedad, y no tan sólo estar informada, sino que esta información
sea veraz, como derecho de la colectividad.
El derecho de la
colectividad a estar debidamente informado, adquiere mayor relevancia en el
estado de emergencia en el que nos encontramos y en el cual, algunos de
nuestros derechos se encuentran limitados y suspendidos, situación que aunada
con otras propias de la misma realidad, colocan a la sociedad en un estado de
vulnerabilidad y sensibilidad, en la que la receptividad a las informaciones
está en su punto máximo.
Es por estas
razones y otras más, que hemos sido testigos de los estragos que pueden causar
las Fake News, ya que la difusión y propagación de información falsa, ha
colaborado con la creación de caos, desasosiego, del pánico generalizado e
incluso, ha logrado la manipulación de las masas al punto de movilizarlos a
realizar acciones, que vistas, desde lo estrictamente racional, podrían
considerarse suicidas, ante la exposición al contagio de una enfermedad mortal.
Y es que la era de
la posverdad como algunos autores lo han llamado, ha permitido la manipulación,
creación o modificación de la opinión pública a través de las emociones, y el
escenario creado por la pandemia en nuestro país, ha llevado las emociones particulares
y sociales a un punto de susceptibilidad superior, y esto lo podemos notar en
las reacciones que ha tenido la generalidad cuando se ha rumoreado alguna
medida extrema, como lo es el toque de queda por 24 horas.
Ante esta
realidad, hay quienes se justifican detrás de la protección del derecho a la
libertad de expresión y difusión del pensamiento, derecho que les permite
transmitir sus ideas y pensamientos. Este argumento es válido, sin
embargo, como ningún derecho es absoluto, cada derecho tiene sus límites,
por lo que, la libertad de expresión y difusión del pensamiento del que todos
tenemos derecho, encuentra sus límites dentro de la propia Ley No. 6132, de
Expresión y difusión del Pensamiento.
Esta ley en su
artículo 27 dispone que la publicación, difusión o reproducción, por cualquier
medio de noticias falsas, de documentos fabricados, falsificados o falazmente
atribuidos a terceros, cuando tal publicación, difusión o reproducción hubiere
perturbado la paz pública, se castigará con pena de seis meses a dos años de
prisión y con multa a de RD$ 100.00 a RD$ 1,000.00, o con una de estas dos
penas solamente.
Los mismos hechos
serán castigados con pena de uno a dos años de prisión y con multa de RD$
100.00 a RD$ 1,000.00 cuando la publicación, la difusión o la reproducción
trastornen la disciplina o la moral de las Fuerzas Armadas o perjudique los
esfuerzos bélicos de la nación.
Es decir que esta
ley cataloga como Delitos contra la cosa pública la divulgación, difusión
o publicación de informaciones falsas.
Pero además, esta
misma ley lo considera un delito contra la persona cuando en su artículo 29,
ofrece un tipo penal distinto, pero sobre una base en común, y dispone que
constituya difamación toda alegación o imputación de un hecho que encierre
ataque al honor o la consideración de la persona o del organismo al cual se
impute el hecho.
La publicación o
radiodifusión, directa o por vía de reproducción, de tal alegación o de tal
imputación es castigable, aún cuando se haga en forma dubitativa o si alude a
una persona o a un organismo no mencionados de manera expresa, pero cuya
identificación se haga posible por los términos de los discursos, gritos,
radioemisiones, películas, amenazas, escritos o impresos, carteles o edictos
incriminados. Constituye injuria toda expresión ultraje, término de desprecio o
invectiva que no conlleve imputación de hecho alguno, incluye además, el mismo
artículo.
Estos mismos
delitos que también están contemplados en nuestro código penal y aunque también
se establece como requisito la publicidad, característica natural de las fake
news, es innegable que el legislador de 1884, no se enfrentó a la realidad que
tenemos hoy.
Y estos son,
apenas dos de los muchos ejemplos que podemos encontrar en nuestro ordenamiento
si vamos analizando el contenido de las fake news , ya que esta práctica
podría constituir un verdadero atentado no tan sólo contra las personas, sus
derechos, las empresas, instituciones y el orden público en general, pues las
fake news no tienen preferencia ni discriminan, sino que la peligrosidad de
ellas radica en la posibilidad y hasta facilidad de afectar el sistema
democrático, en el cual debe existir el respeto irrestricto a la libertad de
expresión y la existencia de diversos medios de comunicación, pero que al mismo
tiempo debe mantenerse el equilibrio de éste con los derechos de los demás, ya
que el primero, debe ejercerse dentro de los límites de la constitución, la
ley, las buenas costumbres y el orden público.
Todos somos
responsables de frenar el círculo de desinformación que producen las noticias
falsas, aprender a identificar las noticias que de manera deliberada son
falsas con la finalidad de desinformar y motivarnos a difundirlas, ya que
debemos tomar conciencia sobre los efectos negativos de éstas, en una situación
tan delicada como la que estamos viviendo, donde la información puede salvar o
matar muchas vidas.
Es sin duda
alguna, una tarea de los legisladores, tan pronto el estado de emergencia haya
cesado, poner en agenda la inclusión de esta nueva modalidad de atentado contra
las personas, el orden, paz y estabilidad pública y abordar los aspectos
políticos, sociales y legales de esta práctica que esta soslayando de manera
progresiva nuestros medios de comunicación y con ello, al mismo tiempo, a la democracia.
Por: Awilda
Reyes
Abogada / Catedrática Universitaria
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